
Xalapa. El congreso estatal reformó disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado, a fin de establecer medidas de protección a las mujeres víctimas de violencia de forma inmediata y su protección hasta que la víctima deje de estar expuesta al riesgo.
Legisladores avalaron la reforma para asentar que son órdenes de protección de emergencia la prohibición inmediata al agresor de molestar por cualquier forma y medio, incluso por cualquier medio electrónico, a la víctima en su entorno social, así como a cualquier integrante de su familia.
Así como advertir a la persona agresora de las consecuencias a que se hará acreedora de acercarse al domicilio, lugar de trabajo, de estudios, de las y los ascendientes y descendientes o cualquier otro que frecuente la víctima o intentar cualquier acto en su contra.
Actualmente la legislación contempla 120 horas como duración máxima de las medidas de protección de emergencia y preventivas, lo cual contraviene las recomendaciones de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).