
Xalapa, Ver.
Por incumplimiento de los requisitos de ingreso y permanencia, con 33 votos, la LXV Legislatura determinó la separación del ciudadano Jorge Winckler Ortiz del cargo de Fiscal General del Estado, conforme al Proyecto de Punto de Acuerdo puesto a consideración por la Junta de Coordinación Política.
Durante la Sesión Extraordinaria celebrada este jueves, se refirió que el ciudadano Jorge Winckler Ortiz fue designado Fiscal General del Estado el 30 de diciembre de 2016 y, desde su nombramiento, no ha cumplido con la disposición constitucional. Así, el 3 de septiembre de 2019, la Diputación Permanente emitió un Acuerdo por el que determinó la separación temporal del cargo como medida para garantizar los derechos fundamentales de los habitantes del estado de Veracruz.
En el Proyecto presentado, se reconoce que la sociedad veracruzana debe tener certeza y seguridad de que el titular de la función del ministerio público estatal se somete al sistema de evaluación y certificaciones que obedece a un interés público superior que tutela no sólo derechos en lo individual, sino también de índole colectivo cuya observancia es condición para la realización del resto de los derechos fundamentales de la sociedad veracruzana.
Desde esa fecha, se añade, el presunto infractor omitió ejercer su derecho de defenderse, pues no aportó prueba ni alegato alguno sobre la presunta infracción, no obstante la publicación del Acuerdo de separación temporal; por lo que, bajo los principios de resolución pronta y expedita a las controversias y dado que han transcurrido más de seis meses desde dicho Acuerdo, se considera procedente que el Pleno legislativo emita el pronunciamiento correspondiente.
También se advierte que la creación del Sistema Nacional de Seguridad Pública instituyó estándares para el servicio público de ministerio público de carácter obligatorio y permanente con el objeto de que toda persona que pertenezca a las instituciones de procuración de justicia preserve su aptitud e idoneidad para el desempeño del cargo, lo que se materializa en la expedición de la certificación respectiva. De modo que quien ostente el cargo de Fiscal General del Estado debe contar con la certificación y registro que exige la legislación federal.